Con fecha 25 de octubre de 2010 ha tenido entrada en la Comisión Nacional de Energía escrito del Secretario de Estado de Energía adjuntando propuesta de Real Decreto por el que se fijan objetivos obligatorios de biocarburantes para los años 2011, 2012 y 2013, junto con su correspondiente memoria de impacto normativo, con el fin de que por parte de esta Comisión se emitiera el preceptivo informe por trámite de urgencia.
Con idéntica fecha de 25 de octubre, la Comisión ha remitido por procedimiento electrónico a los miembros del Consejo Consultivo de Hidrocarburos el citado Proyecto de Real Decreto, a fin de que pudieran hacer las observaciones que consideraran oportunas, habiéndose recibido en la Comisión la contestación de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES), de ENAGAS, de la Asociación de Productores de Energías Renovables (APPA), de la Compañía Logística de Hidrocarburos CLH, S.A., de la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP), de la Unión de Petroleros Independientes (UPI), de Iberdrola, S.A., de Disa Corporación Petrolífera, S.A. (DISA), de la Viceconsejería de Industria y Energía del Gobierno de Canarias, de la Xunta de Galicia y de la Dirección General de Energía y Minas de la Generalitat de Cataluña.
Los citados escritos de observaciones se acompañan, como Anexo, al presente informe, en cuyo apartado 5 se incluye, adicionalmente, un resumen de las observaciones remitidas.